En las reformas fiscales del 2014, en el artículo 28 Fracción IV del CFF, se incorporó como nueva obligación para los contribuyentes, enviar su contabilidad en forma electrónica de manera mensual al Servicio de Administración Tributaria (SAT). A través de diversas reglas, el SAT ha postergado la entrega de la contabilidad electrónica, sin embargo, durante
Buzón Tributario. El Buzón Tributario es el nuevo medio de comunicación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Entró en vigor el 1o de julio del 2014 para Personas Morales (PM) y 1o de enero del 2015 para Personas Físicas (PF). ¿Qué obligaciones tenemos con el Buzón Tributario? Revisarlo al menos una vez a la