La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, el amparo directo en revisión 2441/2014, en el que determinó revocar la sentencia recurrida y amparar a la quejosa, toda vez que el tribunal colegiado erróneamente estimó que el derecho a una vivienda digna se limita a que ésta cuente con infraestructura