En las reformas fiscales del 2014, en el artículo 28 Fracción IV del CFF, se incorporó como nueva obligación para los contribuyentes, enviar su contabilidad en forma electrónica de manera mensual al Servicio de Administración Tributaria (SAT). A través de diversas reglas, el SAT ha postergado la entrega de la contabilidad electrónica, sin embargo, durante

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El 1º de julio del 2014, entró en vigor el artículo 28 fracciones III y IV, del Código Fiscal de la Federación (artículo cuadragésimo tercero transitorio de la RMF para 2014). Estas disposiciones legales establecen la obligación de que la contabilidad se llevará en medios electrónicos y se deberán ingresar mensualmente al portal de internet

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