A partir de este año, se incorporó en la Resolución Miscelánea Fiscal, una nueva regla (2.8.5.5), en la que se establece el procedimiento que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) seguirá cuando los contribuyentes no hayan cumplido con su obligación de declarar y pagar sus impuestos. Este procedimiento se llevará a cabo: Cuando se detecte

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