Relación de contribuyentes incumplidos.

Imagen

El 1o de enero de 2014 el SAT dio a conocer a través de su página de Internet los datos de los contribuyentes incumplidos.

Próximamente dará a conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas, en términos del artículo 69-B del CFF.

El artículo 69 del Código Fiscal de la Federación vigente a partir del 1o de enero de 2014, establece que la autoridad fiscal tiene la obligación de guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación; dicha reserva no será aplicable respecto del nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes de aquéllos que se encuentren en los siguientes supuestos:

I. Que tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
II. Que tengan a su cargo créditos fiscales determinados, que siendo exigibles, no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código.
III. Que estando inscritos ante el registro federal de contribuyentes, se encuentren como no localizados.
IV. Que haya recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria respecto a la comisión de un delito fiscal.
V. Que tengan a su cargo créditos fiscales que hayan sido afectados en los términos de lo dispuesto por el artículo 146-A de este Código.
VI. Que se les hubiere condonado algún crédito fiscal.

Publicación de relación de contribuyentes incumplidos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *