El pasado 15 de octubre de 2013 la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular los proyectos de dictamen de reformas de la Ley Aduanera y del Código Fiscal de la Federación. Los dictámenes aprobados pasarán a la Cámara de Senadores para su discusión y aprobación.
Las principales modificaciones en el dictamen del Código Fiscal de la Federación, en comparación con la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal son las siguientes:
- Se eliminó la cláusula antielusión, con la que se pretendía otorgar al SAT la facultad para determinar si una operación realizada por el contribuyente era por razón de negocios o no.
- El SAT publicará en su página de Internet el nombre y RFC de los contribuyentes morosos y de personas con las que sea riesgoso tener negocio.
- Legalizan el uso del Buzón Tributario.
- La responsabilidad solidaria sólo será por el porcentaje de participación que se tenga.
- El dictamen fiscal será opcional para las personas cuyos ingresos rebasen los 100 millones de pesos.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales cuando se quiera celebrar contratos de servicios, arrendamiento o construcción de obra pública con el gobierno.
- Se aprobó la fiscalización electrónica.
- Todas las operaciones realizadas por los contribuyentes, deberán estar amparadas por comprobantes fiscales digitales.
- Las personas que hagan uso indebido de los comprobantes fiscales, serán notificados mediante el buzón tributario, a efecto de que aclaren su comportamiento.
- Se vigilarán las donaciones a asociaciones civiles que los contribuyentes hagan deducibles.
- Se establece que los créditos fiscales tienen que pagarse o garantizarse en los 30 días siguientes (El CFF vigente establece 45 días y la iniciativa señalaba 15 días)
Descargar dictámen aprobado: Dictámen de proyecto de reformas al Código Fiscal de la Federación.
De las modificaciones a la Ley Aduanera, destacan las siguientes:
- Se incluye los conceptos de documento electrónico, documento digital, reconocimiento aduanero, pedimento y aviso consolidado.
- Se establece la coordinación de la administración pública federal, las entidades federativas y municipios, así como con las autoridades fiscales y aduaneras de otros países, conforme a los tratados internacionales en vigor para intercambiar información a través de los centros o sistemas electrónicos.
- El despacho aduanero se puede llevar a cabo en lugar distinto al autorizado, independientemente de la naturaleza o volumen de las mercancías.
- Los particulares pueden realizar directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de los agentes aduanales.
- Se elimina la figura del agente aduanero sustituto y del apoderado aduanal e implementa el mecanismo de forma electrónica y sello digital para validar los trámites que correspondan.
- Se establece el procedimiento y supuestos para las notificaciones electrónicas
- Los contribuyentes que paguen créditos fiscales adeudados, lo pueden hacer con la reducción en 50% de la multa impuesta, siempre que se realice su pago previo a la notificación de la resolución por lo que se imponga la sanción.
Descargar dictámen aprobado: Dictámen de proyecto de reformas de la Ley Aduanera.