El jueves 17 de octubre de 2013, la Cámara de Diputados aprobó el Dictámen de proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del IVA, IEPS, ISR así como la Ley Federal de Derechos. Pasa a la Cámara de Senadores para su discusión y aprobación.
Los puntos relevantes de las reformas a esta leyes son las siguientes:
Impuesto al Valor Agregado
- No se gravará la enajenación de casa habitación, hipotecas, renta, o intereses relacionados.
- Se elimina la propuesta de gravar con IVA colegiaturas y espectáculos públicos.
- Se homologa la tasa general del IVA para la zona fronteriza al 16%.
- Se gravará con el 16% de IVA la venta de chicles, alimento para mascotas y la enajenación de éstas.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
- Se establece una tasa del 5% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica, como los dulces, gelatinas, chocolates, flanes y pudines, cremas de cacahuate o avellana, dulces de leche, alimentos preparados a base de leche, así como los helados, nieves y paletas de hielo (alimento chatarra).
- Se acuerda que las bebidas saborizadas, así como los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos se graven con un peso por cada litro.
- Para los combustibles fósiles se acordó mantenerlo conforme a la iniciativa, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.
Impuesto sobre la Renta
- Se acuerda que las personas físicas con ingresos mayores de 500 mil pesos tributen a una tasa de 31%, los ingresos superiores a 750 mil pesos a una tasa de 32%, quienes obtengan ingresos de más de 1 millón de pesos anuales la tasa de 34% y los que perciban ingresos superiores a 3 millones de pesos a la tasa máxima de 35%.
- Las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores serán gravadas con un 10% (las acciones adquiridas antes del 2014 conservan el costo de adquisición).
- Podrán tributar bajo el régimen de incorporación fiscal los contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta $2,000,000.00.
- La exención a la enajenaciòn de casas habitación se aplicará hasta montos de 700,000 UDI´s.
- Se permite deducción del importe de arrendamiento de autos a personas físicas y morales con actividad empresarial.
Descargar dictámen aprobado: Dictámen del Proyecto de reformas a las Leyes del IVA, IEPS e ISR y Federal de Derechos.