Por Alfredo Puente Castellanos
Hoy las empresas deben tomar una serie de decisiones que les permitan iniciar sus actividades de la mejor manera y hacer frente a los retos actuales de la economía y situación del país. Hay quienes apuestan a la aventura de iniciar sus propios negocios, lo cual es muy importante y se deben profundizar en el conocimiento de la empresa y todos sus matices a fin de arrancar de un punto sólido que nos dé un panorama general de las diversas implicaciones legales de las mismas.
Los emprendedores y las promociones a la generación de nuevas empresas de todos los tamaños es una dinámica palpable en México, ello nos lleva a pensar que la sinergia en este aspecto realizada por la Secretaría de Economía, a través del Instituto Nacional del Emprendedor —INADEM— además, de cámaras, agrupaciones y algunas instituciones de educación superior llegaron para quedarse en las nuevas generaciones de empresarios.
Es fundamental comentar algunos aspectos relevantes de las empresas y el obligado trabajo que debe permear en los sectores productivos, por lo menos así piensa quien escribe, de promover una cultura mínima de la empresa y sus facetas en las nuevas generaciones para mitigar tropiezos legales.
Valga mencionar los conceptos de la Mtra Elvia Arcelia Quintana Adriano, que en su libro PRECISIONES SOBRE EL COMERCIANTE, ACTO DE COMERCIO Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES, disponible en https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv manifiesta:
“El derecho mercantil se nutre y enmarca la actividad, tanto del comerciante, persona física, como de las empresas mercantiles. Ambos, al desplegar su actividad, están actuando dentro del derecho comercial, o sea, en la producción e intercambio de bienes y servicios. Esta es la razón por la que al hablar del derecho mercantil se tiene que considerar desde dos enfoques esenciales: el jurídico y el económico.”
Jurídico, en el sentido de que la empresa o las sociedades como son las mercantiles nacen desde la ley, esto es, son figuras jurídicas previstas en disposiciones legales específicas, por ejemplo, como enmarca el art. 1º de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a saber:
- Sociedad en nombre colectivo
- Sociedad en comandita simple
- Sociedad de responsabilidad limitada
- Sociedad anónima
- Sociedad en comandita por acciones
- Sociedad cooperativa
Enfoque económico dado que la empresa es un fenómeno de organización de diversos recursos que mueve capitales y genera riquezas a partir de la realización de actos de comercio con efectos de diversa naturaleza, puramente económicos, fiscales, civiles, entre otros.
Por otra parte, no dejemos de contemplar el concepto de empresa desde la Legislación Laboral Mexicana en la que da el carácter de unidad económica de producción o distribución.
Así el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo señala:
“Artículo 16.- Para los efectos de las normas de trabajo, se entiende por empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.”
Asimismo, también es oportuno mencionar el alcance al concepto de empresa prevista en el art. 16 del Código Fiscal de la Federación, pues, dicha disposición pormenoriza cuales son las actividades empresariales para efectos fiscales: comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas pesqueras y silvícolas.
Remata la disposición en su último párrafo con la declaración de qué se entenderá por empresa en el ámbito fiscal:
“Artículo 16.- Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:
…
Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades empresariales.”
Como puede apreciarse el concepto de empresa tiene diversas connotaciones en diversas ramas del derecho y por supuesto, tendrá requisito diversos para su creación o nacimiento a la vida jurídica, debiendo asumir por consecuencia algunas obligaciones que cumplir que prevén la Legislación Mercantil, la Fiscal, la Laboral, entre otras.
Dado el antecedente que he descrito pienso que es fundamental en las nuevas generaciones de empresarios, pequeños o medianos, acercarse a los diversos canales de asesoría y a profesionales para abrevar el conocimiento que asegure un tránsito legal desde la concepción de la empresa, su constitución o creación legal, modificaciones y, en última instancia su liquidación o cierre que también tiene aspectos legales específicos a considerar.
Luego veamos que las facetas de la empresas parte de la concepción del negocio y la determinación de los recursos que se destinarán a tal fin, teniendo regulaciones en diversos campos que es conveniente tener en claro. Veamos:
Ámbito Mercantil
Es sabido que hoy las técnicas de mercadeo han evolucionado y las nuevas tecnologías con la globalización impulsan a efectuar planes de negocios previos para determinar la viabilidad del mismo el comercio en sí mismo ha evolucionado grandemente.
Por otra parte, la toma de decisión de la aportación de capitales, la participación de los socios, en su caso, así como la determinación del tipo de sociedad mercantil serán factores para cumplir con las condicionantes de ley que regula la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Asimismo, en este campo se adquieren obligaciones de registro mercantil, controles específicos de contabilidad, funciones de una estructura de organización contenida en los estatutos de la sociedad y un desempeño de los miembros en reuniones de tipo corporativo atendiendo al tipo de sociedad que se asuma por la empresa.
Ámbito Fiscal
Desde luego que el área fiscal no escapa a las empresas, desde su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, hasta la adopción de un régimen fiscal bajo el cual se pagarán los impuestos respectivos, cumpliendo con ciertas obligaciones en materia de declaraciones, avisos, informativas, entre otras.
También véase que la operación de las empresas nos lleva al tema de la contabilidad que en la materia fiscal tiene regulaciones específicas que no deben olvidar, principalmente enmarcadas en el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación y, también nos lleva al tema de la facturación o expedición de comprobantes fiscales, que en este campo se les ha denominado Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
Desde luego el campo de los fiscal no se agota con lo mencionado, dependerá del tipo de empresa y el régimen fiscal bajo el cual se tribute.
Aquí también se podrían agregar las relaciones con las autoridades fiscales diversas como son las entidades federativas, el IMSS o el INFONAVIT.
Ámbito Civil
Por otro lado, sin ser menos importante la empresa también puede tener o celebrar actos que tengan repercusión civil, como lo son los convenios o contratos que se celebren.
Consideremos también que la facturación no sólo tiene efectos fiscales, también civiles-patrimoniales y mercantiles.
Ámbito Laboral
Todo el entorno relacionado con el vínculo del empresario y sus trabajadores coloca a la empresa bajo el contexto de la Ley Federal del Trabajo y, desde luego todo el mundo de la seguridad social.
Ámbito Penal
Otro rubro a considerar y que actualmente se ha impulsado en su conocimiento y prevención es la responsabilidad penal de las empresas, ya que bajo la lupa de autoridades diversas se han detectado prácticas indebidas que llevan a los socios y las empresas en sí mismas al fincamiento de responsabilidad penal, siendo fundamental tener un adecuado control de las mismas que asegure su operación libre de estos inconvenientes.
Veamos finalmente como se ha evolucionado en este tema que se emitió la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y que algunos han dado por llamar Ley Antilavado, misma que regula en sus artículos 17 y 18 las llamadas actividades vulnerables en que pueden involucrarse las empresas y las obligaciones de control e informe que regula la propia ley.
Finalmente, observemos como l figura de la empresa constituida por personas jurídicas individuales, personas físicas, o personas jurídicas colectivas, morales, son objeto de regulación en diversos campos , por ello es oportuno sembrar el conocimiento básico de ello en los nuevos empresarios, sabedores que pueden haber profesionales en los campos referidos que son un auxilio en el cumplimiento de la legislación respectiva.